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Créditos para proyectos de generación distribuida de energía renovable

Créditos para la compra de paneles solares, inversores, equipos y las obras para su instalación, con tasa bonificada por el Fondo para la Generación Distribuida de Energías Renovables (FODIS).

Créditos para proyectos de generación distribuida de energía renovable

Créditos para la compra de paneles solares, inversores, equipos y las obras para su instalación, con tasa bonificada por el Fondo para la Generación Distribuida de Energías Renovables (FODIS).

Condiciones generales:

– Destino: adquisición de paneles solares e inversores, equipos y obras para su instalación.

– Monto máximo por empresa o grupo: hasta 20 millones de pesos.

– Sujeto del crédito: personas humanas y/o jurídicas y/o Dependencias u Organismos nacionales, provinciales, municipales, públicos o privados de las jurisdicciones adheridas a la ley nacional 27.424 “Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica Pública”, de momento: Catamarca, Chaco, Chubut, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Córdoba, Corrientes, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Neuquén, Río Negro, San Juan, Tierra del Fuego y Tucumán.

– Elegibilidad: la otorga la Secretaría de Energía.

Financiamiento para inversión productiva destinada a la compra de equipamiento, instalación y puesta en funcionamiento de proyectos de generación distribuida de energía renovable en el marco de la Ley N° 27.424.

Condiciones financieras:

– Plazo: hasta 60 meses.

– Período de gracia: hasta 24 meses.

– Moneda: Pesos.

– Bonificación de tasa: 18 puntos porcentuales anuales durante todo el plazo del crédito.

– Sistema de amortización: francés o alemán.

– Garantía: a satisfacción de BICE.

Documentación a presentar para el otorgamiento:

1. Factura de suministro eléctrico, que debe estar a nombre del solicitante del crédito quien debe ser persona humana o jurídica y pertenecer a una jurisdicción adherida a la Ley.

2. Certificado de Elegibilidad. Lo emite la Secretaria mediante el proceso de conexión de Usuario Generador.

3. Factura proforma, que debe estar a nombre del solicitante del crédito, en donde se discriminen paneles solares e inversor del resto de la instalación. La misma deberá tener como máximo 60 días corridos de antigüedad a la fecha que se solicita el crédito.

Para solicitar el crédito y conocer el proceso de solicitud: Secretaría de Energía

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