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Línea de Emergencia para MiPyMES del sector frutihortícola

Créditos para la adquisición de bienes de capital nuevos y/o a la construcción de instalaciones para sistemas de protección contra helada, sistema de protección antigranizo y sistema de riego.

Caracteristicas de los prestamos

-Condiciones financieras:
– Plazo: Hasta 60 meses con hasta 18 meses de gracia, solo para el capital dentro del plazo de la operación.

– Moneda: Pesos

– Sistema de amortización: francés

– Periodicidad de Intereses: semestral

-Condiciones de garantía.
• Monto máximo por beneficiario: $30.000.000
• Porcentaje de Cobertura: Fogar 100%
• Comisión por otorgamiento: 1% del monto garantizado

Contragarantía:
-Personas jurídicas deberán instrumentar, al menos, una fianza solidaria de sus accionistas o socios, según corresponda, que representen como mínimo el cincuenta y un por ciento (51%) del paquete accionario o de cuotas sociales del Beneficiario en cuestión. También podrá instrumentarse fianza otorgada por un tercero. La fianza deberá estar constituida por el monto total del Crédito Elegible incluyendo intereses, gastos de cualquier índole, impuestos, y comisiones bancarias.

-Personas humanas deberán instrumentar, al menos, una fianza personal de un tercero (con el asentimiento conyugal en caso de corresponder) que podrá estar integrada dentro del mismo documento mediante el cual sea pactada la financiación de que se trate.

Condiciones Generales:

Vigencia: Para la ejecución de los Créditos hasta el 30 de abril de 2023 o hasta agotar el cupo.

Sujeto del crédito: Empresas que cuenten con certificado MiPyME vigente y Certificado de Emergencia extendido por la autoridad provincial competente, mediante el cual acredite su condición de emergencia o desastre agropecuario ocurridos en los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2022.

Por el momento las Provincias son: Neuquén / Río Negro / La Rioja / San Juan / Santa Cruz / La Pampa / Mendoza / y Salta.

Asimismo, deberán pertenecer a por lo menos una de las siguientes actividades, con al menos tres (3) meses de antigüedad desde el 01/10/2022 inclusive:

• 12110 Cultivo de vid para vinificar
• 12121 Cultivo de uva de mesa
• 12311 Cultivo de manzana y pera
• 12319 Cultivo de frutas de pepita N.C.P. (Incluye membrillo, níspero, etc.)
• 12320 Cultivo de frutas de carozo (Incluye cereza, ciruela, damasco, durazno, pelón, etc.)
• 12420 Cultivo de frutas secas (Incluye almendra, avellana, castaña, nuez, pistacho, etc.)

Asimismo, deben cumplir la condición de que:
• No tengan cheques rechazados sin cancelar anteriores al 30 de septiembre de 2022;
• No estén informadas en la Central de Deudores del Sistema Financiero en situación 3, 4, 5 o 6;
• No presenten un registro de operación sospechosa emitido por el Banco ni se encuentren en juicio con el Banco como parte demandada y no registren deuda en situación irregular con FOGAR.

Destino: Adquisición de bienes de capital nuevos y/o a la construcción de instalaciones para sistemas de protección contra helada, sistema de protección antigranizo y sistema de riego.

Monto máximo por empresa o grupo: Hasta la suma de los últimos 12 meses de ventas comprobables, cuyo monto máximo no podrá superar la suma de $30.000.000.