El leasing es una solución para que las empresas puedan modernizar y ampliar su equipamiento sin necesidad de contar con garantías adicionales al bien que se financia. Es un contrato a mediano o largo plazo realizado entre dos partes compuestas por un dador (BICE Leasing) y un tomador (cliente). BICE Leasing compra a su nombre el bien elegido por el cliente y se lo entrega para su uso durante el plazo de vigencia del acuerdo a cambio del pago de una cuota periódica (canon).
La utilización de dicho bien por parte del cliente tiene un plazo establecido en el contrato que al momento de cumplirse puede ejercer la opción de comprarlo por un precio determinado. El leasing se diferencia de un préstamo prendario fundamentalmente por sus importantes beneficios financieros, impositivos y operativos.
Dador (BICE Leasing): es el titular del bien y quien adquiere el bien de acuerdo a las necesidades del tomador (cliente).
Tomador (cliente): es quien utilizará el bien y tendrá la posibilidad de adquirir el mismo al finalizar el plazo mediante el pago de la opción de compra.
Es el monto que le paga el Tomador al Dador en forma periódica por el uso del bien.
• El cliente elige el bien que necesita y contacta al proveedor para obtener la factura proforma. • El cliente y proveedor acuerdan equipo, especificaciones, precio y entrega. • El cliente o proveedor contacta a BICE Leasing para poder financiar el bien. • El cliente o proveedor presenta la documentación requerida (requisitos). • Se aprueba la operación dentro de los 15 días.
• El cliente firma el contrato de leasing con BICE Leasing. • BICE Leasing adquiere el bien y lo paga al contado al proveedor. • El proveedor entrega el bien/objeto de contrato al cliente y se activa el leasing. • El cliente puede utilizar el bien durante la vigencia del contrato. • Al finalizar el contrato el cliente puede ejercer la opción de compra por un valor determinado.
La vigencia del Contrato de Leasing comienza cuando el cliente dispone del bien para su utilización.
La diferencia es que en el Contrato de Leasing el Tomador puede comprar el bien al finalizar la operación, mientras que en el Contrato de Alquiler el bien debe ser devuelto al propietario.
Sí, la puede ejercer al finalizar el pago de los cánones o una vez transcurrido el 75% del plazo del contrato.
Si el Tomador quisiera ejercer la opción de compra antes de transcurrido este plazo debe llegar a un acuerdo con el Dador.
Porque brinda financiamiento a largo plazo sin la necesidad de desembolsos iniciales significativos. A ello se suman las ventajas impositivas, de financiamiento y operativas.
Ley 25.248 y Decreto 1038/2000.