El Banco Argentino de Desarrollo BICE lanzó una campaña para incentivar la exportación de productos argentinos al mundo. La entidad pública bajó la tasa de sus líneas de pre y postfinanciación de exportaciones al 2,5%, tanto para el segmento de pymes como de grandes empresas.
“Estos créditos son indispensables para fortalecer el ingreso de divisas y forman parte del plan que lleva adelante el Gobierno de insertarse al mundo con más y mejor valor agregado”, sostuvo el presidente de BICE, Mariano de Miguel. Por otro lado, agregó: “Estamos financiando los proyectos que cambian la matriz productiva de la Argentina, por eso vamos a acompañar a las empresas que producen y llevan sus productos al mundo”.
El financiamiento para exportaciones pre y post embarque tiene una tasa fija de 2,5% en dólares y hasta 9 meses de plazo. Está dirigido a empresas de todos los tamaños y destinado a manufacturas agropecuarias, industriales y servicios de origen argentino. Además, se financia hasta el 100% del valor FOB de la operación.
En lo que va de 2022, los créditos de comercio exterior de BICE crecieron un 20% sobre lo desembolsado durante el mismo periodo del año anterior. Los mismos fueron otorgados a empresas de todo el país.
Por otro lado, el banco cuenta con la línea de exportaciones a largo plazo (o forfaiting) enfocada principalmente en bienes de capital y tecnológicos. Esta herramienta les permite a los exportadores argentinos obtener liquidez inmediata y brindarles financiación a sus clientes del exterior, con hasta 5 años para el repago de la operación.
Para solicitar los créditos de la campaña de comercio exterior, las empresas pueden hacerlo desde cualquier punto del país a través del sitio web de BICE: https://www.bice.com.ar/pre-y-post-financiacion-de-exportaciones.
El otorgamiento de cualquiera de los préstamos o productos ofrecidos en esta página está sujeto al previo cumplimiento de requisitos comerciales, crediticios y legales exigidos por BICE. La presente propuesta no resulta vinculante para la entidad, quien podría denegar cualquier operación, conforme los términos del artículo 974 1er. párrafo y concordantes del Código Civil y Comercial.
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